lunes, 29 de agosto de 2011

IDENTIFICAR CUÁLES SON LOS PUEBLOS INDIGENAS ES EL RETO


ESPECIAL. LEY DE CONSULTA: TAREAS PENDIENTES
Comunidades campesinas dicen que la ley aprobada el pasado martes en el Congreso también aplica para ellos. Según Perú-Petro, lotes ya adjudicados tendrán que asumir el compromiso

Por: Nelly Luna Amancio
Lunes 29 de Agosto del 2011

La ley de consulta previa aprobada por unanimidad por el actual Congreso –como si con ello se lograra redimir las culpas– es el mismo documento consensuado que el gobierno de Alan García se negó a promulgar. Lo que sigue ahora es la elaboración de la base de datos oficial sobre pueblos indígenas (se estiman en 6.000 las comunidades campesinas y en 1.550 las comunidades nativas de la selva) y la discusión del reglamento que, como los expertos señalan, no deberá dejar espacio a las dudas. Aquí algunas de las principales interrogantes que el reglamente deberá responder.

1. ¿Qué poblaciones son consideradas pueblos indígenas u originarios?
El Convenio 169 es claro. Los pueblos indígenas se diferencian de otros porque tienen derechos colectivos, descienden directamente de poblaciones originarias, comparten el mismo idioma, su identidad cultural y espiritual está vinculada al territorio que tradicionalmente usan, tienen modos de vida distintos a los de otros sectores de la población nacional, mantienen su forma de organización y, sobre todo, se reconocen como pueblos indígenas.

2. ¿Se cuenta con un registro de cuáles son las comunidades indígenas?
No. El año pasado, el entonces Indepa identificó cuántas familias lingüísticas y grupos étnicos había, pero no a las poblaciones. El Gobierno, entonces, no conoce a la fecha quiénes y cuántos son los pueblos indígenas en el Perú. La ley de consulta aprobada por el Congreso obliga al Viceministerio de Interculturalidad del Ministerio de Cultura –órgano técnico competente– a elaborar esta base de datos en los próximos meses. “Se sabe qué grupos étnicos existen, pero no se los ha identificado comunidad por comunidad”, dice Hernán Coronado, abogado del Centro Amazónico de Antropología y Aplicación Práctica (Caaap). El censo que el INEI realizó en el 2007 sobre poblaciones indígenas ha sido cuestionado porque tomó como única variable el idioma materno.

3. ¿Las comunidades campesinas son pueblos indígenas?
No necesariamente. “Las comunidades campesinas son las que más han pasado por un proceso de mestizaje, el reto será identificar quiénes todavía conservan sus tradiciones ancestrales, que creo serán pocas”, advierte Iván Lanegra, adjunto para temas ambientales de la Defensoría del Pueblo. Sin embargo, Jorge Prado, presidente de la Confederación Campesina del Perú, sostiene que la ley de consulta sí aplica para la mayoría de comunidades campesinas del país. Mientras que el presidente de la Sociedad Nacional de Minería y Petróleo (SNMP), Pedro Martínez, señala que él entiende que “la ley es solo para los pueblos amazónicos”.

Este, sin duda, será uno de los temas de discusión más intensos. Hernán Coronado dice que se requerirá de una “amplia capacidad técnica por parte de antropólogos, historiadores, abogados y sociólogos”. El representante de la SNMP ha sugerido la formación de un consejo de ilustres que ayude a identificar realmente a los pueblos indígenas.

4. ¿Qué se consultará?
Todas las medidas administrativas (contratos mineros, petroleros, forestales, de centrales hidroeléctricas, etc.) o legales (modificaciones legislativas, normas locales o regionales, o de los diferentes sectores del Ejecutivo, etc.) que afecten las comunidades. La consulta, según el convenio, se realizará incluso antes de la entrega en concesión de un determinado proyecto de inversión.

5. ¿Quién elaborará el o los reglamentos?
Los expertos consultados sostienen que el Viceministerio de Interculturalidad deberá convocar a una comisión multisectorial (integrada por las organizaciones indígenas) para discutir y elaborar el reglamento que detalle qué se consultará, así como los procedimientos, plazos, protocolos, tiempos e integrantes de los procesos de diálogo. “Además, cada sector tendrá que desarrollar un reglamento interno”, dice Lanegra. Y el representante de la SNMP anota: “El reglamento no tiene que dejar dudas ni segundas interpretaciones”.

6. ¿Quién dirige la consulta?
Para el representante de la Defensoría del Pueblo, el Viceministerio de Interculturalidad debe encabezar los procesos de consulta. Sin embargo, Pedro Martínez, de la SNMP, cree que aquel no cuenta con la capacidad técnica necesaria y que lo mejor sería que los sectores competentes realizaran las consultas. Cuando se trate de la concesión de algún lote de hidrocarburos, por ejemplo, Aurelio Ochoa, presidente de Perú-Petro, señala que son ellos los que podrían dirigir el proceso. Nada está dicho y este tema también será definido en el reglamento.

7. ¿Quiénes integran la mesa de diálogo?
Solo el Estado y los representantes de las organizaciones de los pueblos indígenas debidamente registradas en la base de datos oficial. “Ni las empresas, ni las ONG deben participar en los procesos de consulta, los pueblos indígenas deben tomar sus propias decisiones”, coinciden Hernán Coronado, del Caaap, y Pedro Martínez, de la SNMP. El objetivo de la consulta es incorporar la mirada intercultural y promover que los mismos pueblos indígenas definan sus prioridades de desarrollo.

8. ¿Qué pasa cuando no hay acuerdo entre el Estado y los pueblos indígenas?
No hay derecho a veto. La comisión de expertos de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) ha señalado claramente que la consulta no puede interpretarse como un derecho al veto. Precisa que si tras el diálogo no se alcanza un consenso, le corresponderá al Gobierno tomar la decisión final. El único veto que establecen el Convenio 169 y la Corte Interamericana de Derechos Humanos es al desplazamiento forzoso.

9. ¿Qué ocurrirá con los procesos de concesión que están en marcha?
Aurelio Ochoa explicó que hasta la fecha hay 5 lotes petroleros adjudicados cuyos contratos fueron formalizados con sus respectivos decretos supremos por el gobierno anterior. “Con ellos se iniciará un proceso de diálogo para que suscriban un compromiso y cumplan con la ley de consulta”, puntualizó. Explicó que hay otros 9 lotes que ya han sido adjudicados, pero que aún les falta el decreto supremo que formalice la suscripción del contrato. “En estos casos se firmará una adenda, que permita también respetar la ley de consulta. Se está programando, además, el lanzamiento de otros 25 lotes, para todos ellos el modelo de contrato sí tendrá que variar”, aclaró.

10. ¿El Viceministerio de Interculturalidad tiene capacidad técnica para llevar adelante este proceso?
El Gobierno deberá otorgarle mayor presupuesto a este viceministerio. La tarea inmediata debería ser fortalecerlo y otorgarle una partida presupuestal que le permita, por lo pronto, iniciar el registro de los pueblos indígenas en el Perú.


Fuente: EL COMERCIO