viernes, 25 de noviembre de 2011

"EL ESTADO DEBE BUSCAR UNA SALIDA LEGAL PARA ESTOS CASOS DE ENFERMEDAD EXTREMA"

RONALD GAMARRA, ABOGADO Y EX PROCURADOR ANTICORRUPCIÓN
Alta voz

“El estado debe buscar una salida legal para que en estos casos, de enfermedad extrema, el condenado pueda cumplir su pena en su domicilio”

Viernes 25 de Noviembre del 2011
¿Considera que el presidente Ollanta Humala puede darle un indulto humanitario a Alberto Fujimori?
Lo primero que hay que decir es que la figura del indulto humanitario supone un estado de salud extremo en la persona condenada, un caso de metástasis por ejemplo. Entiendo que no es la situación de Alberto Fujimori, más allá de que está afectado en su salud. En segundo lugar, no procede el indulto, ni el humanitario en casos de personas condenadas por graves violaciones de derechos humanos o crímenes de lesa humanidad.

¿Entonces no podría salir?
El Estado debería discutir para este tipo de casos una salida legal, pues nos encontramos ante una persona de determinadas características, sobre la cual no procede el indulto, pero hay una necesidad de excarcelar. En Argentina, por ejemplo, se considera que las personas mayores de 70 años y enfermas, que están condenadas, pueden cumplir la pena en sus domicilios, siempre y cuando ese sea el criterio del juez. En el Perú, existe la figura del arresto domiciliario mientras el juicio esté en curso, pero una vez la persona es condenada tiene que ir a la cárcel.

¿Qué pasaría si el presidente Humala indulta a Fujimori?
El Perú ya ha sido condenado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos por los temas de Barrios Altos y La Cantuta. La corte hace un seguimiento al cumplimiento de su sentencia. Si Fujimori es indultado, la Comisión y la Corte Interamericana de Derechos Humanos, tarde o temprano, volverían a condenar al Estado Peruano y nadie quiere eso.

¿Cuál es el procedimiento que debería seguir esta iniciativa?
Es una modificación legal. Se debe presentar un proyecto de ley, hay que discutirlo en comisiones, elaborar un dictamen y llevarlo a su discusión, votación y aprobación en el pleno, como cualquier otra ley.


Fuente: EL COMERCIO